Suspensión de garantías, camino hacia la dictadura: Morena

dictaduraCon votos de PRI, PAN, PRD, PVEM, y Panal se aprobó el dictamen para permitir que el Congreso apruebe la suspensión de garantías o un estado de excepción.

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados con los votos de PRI, PAN, PRD, PVEM, PES y Panal, aprobó ayer el dictamen para reglamentar el artículo 29 de la Constitución y permitir que, a solicitud del Presidente, el Congreso de la Unión apruebe la suspensión de garantías o un estado de excepción.

Sólo los diputados de Morena lo votaron en contra. Rocío Nahle García y Sandra Luz Falcón hablaron en contra del documento, la coordinadora de Morena, resaltó que en el dictamen y en el contenido de la ley no se define ‘‘qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión’’.
“El Grupo Parlamentario de Morena votó en contra para garantizar y dar garantías individuales a los mexicanos, porque para eso es el legislativo”, afirmó Nahle.

‘‘¿Cómo va a declarar la invasión? ¿Cuando lleguen los extranjeros? ¿Cuando haya una guerra? Esto es un cheque en blanco para que (el Presidente) haga y deshaga en el país, e implica otorgarle un alto margen de las acciones que podría realizar para enfrentar una situación de emergencia’’, expresó.

‘‘El decreto de suspensión caminará hacia donde diga el Presidente. Les pregunto: como está planteada la ley ¿hay la seguridad, está garantizado el respeto al ciudadano a decirle que se le considera una amenaza pública? va en opuesto con lo que dicta la Comisión de Derechos Humanos, con esta medida se está caminando a una dictadura.

Priístas, panistas y perredistas argumentaron que la ley reglamentaria del artículo 29 es para contar con un mecanismo que regule la atribución presidencial de suspender garantías en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad ‘‘en grave peligro o conflicto’’.

El PRD defendió el dictamen con el señalamiento de que recoge la teoría europea del ‘‘derecho dúctil’’, esto es atender una situación de riesgo en un contexto ‘‘y no atender lo que establece la ley’’. A partir de esa flexibilidad, el dictamen define que se puede ejercer un ‘‘sacrificio temporal de derechos’’.

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