Ordena TEPJF sacar del aire espot con imagen de AMLO

La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó, en sesión privada, bajar del aire el promocional Toma tu voto, donde aparece el dirigente de Morena, Andrés Manuel López Obrador, y no la candidata a la gubernatura del estado de México, Delfina Gómez Álvarez.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le dio la razón al PRI al señalar que el modelo de comunicación política establece bases y directrices que deben seguirse en el uso de los tiempos oficiales en radio y televisión que se les conceden.

En el promocional, que se transmite en radio y televisión, López Obrador afirma: “Estamos arriba en el estado de México, pronto se va a acabar con la corrupción, va a haber justicia y seguridad, pero andan muy nerviosos los de la mafia del poder, están entregando despensas, frijol con gorgojo, tarjetas, pollos, patos, cochinos, borregos, puercos, marranos, cochinos, cerdos. Hay que decirles que sí, pero a la hora de la hora toma tu voto. El voto es libre y secreto”.

Los magistrados aseguraron que la propaganda electoral que se difunda en radio y televisión durante la etapa de campaña debe destacar precisamente la candidatura que se promueve, su plataforma política o su propuesta.

Pero, de acuerdo con un comunicado, señalaron que esa situación no ocurre en el citado promocional, en el que la mayor parte del tiempo se escucha y se ve al dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador, refiriéndose a cuestiones que no aluden a la candidata registrada, misma que en el uso de esos tiempos debería ser promocionada ante la ciudadanía.

Luego del análisis del promocional impugnado, el pleno advirtió el incumplimiento de los parámetros de legalidad exigidos para la etapa de campaña, por lo que ordenó a la autoridad electoral el cese inmediato de su difusión, a fin de evitar una simulación que vulnere los principios democráticos de la contienda, así como el derecho de la ciudadanía a informarse de las opciones políticas para ejercer su voto.

Para sustentar su decisión explicaron que el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 256 del Código Electoral del Estado de México establecen que las campañas electorales son el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

El pasado 8 de abril, la Comisión de Quejas del INE había considerado legal la aparición de López Obrador en el promocional «Toma tu voto”, difundido en el Estado de México, al declarar improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el tricolor.

Con los votos a favor de los consejeros José Roberto Ruiz Saldaña y Pamela San Martín y el voto en contra de Margarita Favela, la Comisión de Quejas y denuncias, dicha comisión no le dio razón al priísmo, que pretendía que se bajara del aire dicho spot.

“Se considera que no es posible desprender alguna prohibición para que los institutos políticos empleen en su propaganda político-electoral la imagen o nombre o voces de sus dirigentes como parte de su estrategia propagandística para posicionarse ante la ciudadanía y el electorado en la etapa de campaña”, señalaron aquella vez los consejeros.

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