Diputados aprueban crear Instituto de Salud para el Bienestar, que sustituye el rol del Seguro Popular

El dictamen avalado indica que el Gobierno Federal deberá proveer servicios de salud de manera gratuita a quienes no gozan de seguridad social y la creación del Fondo de Salud para el Bienestar.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en lo general y particular, el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de la Ley General de Salud y la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; pasa al Senado.

La aprobación se dio de la siguiente manera: 237 votos a favor, 82 en contra y 0 abstenciones.

Previamente, el dictamen obtuvo, en lo general, 290 votos a favor, 65 votos en contra y 42 abstenciones.

Con este dictamen se abre paso a la creación del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi)que sustituye al Seguro Popular.

El objetivo del Insabi es proveer y garantizar la prestación de servicios de salud, medicamentos e insumos a personas que no cuenten con seguridad social.

Además, en coordinación con la Secretaría de Salud, deberá impulsar acciones para lograr una mejor articulación entre las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

El documento argumenta que el derecho a la salud es irrevocable y esencial, así como que el Estado se encuentra obligado a proporcionar este derecho.

Los beneficiarios no cubrirán ningún tipo de cuotas de recuperación o cualquier otro costo por los servicios que reciban, y la protección a la salud será garantizada bajo criterios de universalidad e igualdad, según el dictamen.

Además, propone la creación del Fondo de Salud para el Bienestar, un fideicomiso público constituido en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en una institución de banca de desarrollo.

Este fondo destinará recursos para:

– Atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos.

– Infraestructura, en especial en estados de marginación, y abasto de medicamentos insumos.

– Acceso a exámenes clínicos para personas sin seguridad social.

Dichos recursos serán destinados además a infraestructura preferentemente en entidades federativas con mayor marginación social y complementará los recursos destinados al abasto y distribución de medicamentos, insumos y exámenes clínicos.

Sobre el financiamiento de la prestación gratuita de servicios de salud y medicamentos, la modificación establece:

«El Gobierno federal destinará anualmente recursos en numerario para la prestación gratuita de servicios de salud y medicamentos asociados cuyo monto no deberá ser inferior al del ejercicio fiscal inmediato anterior incrementado por la inflación.

Dichos recursos se incrementarán progresivamente de acuerdo con el aumento de la cobertura de atención y las necesidades de salud de la población», de acuerdo con el cambio en el Artículo 77 bis 12.

Además, en el Artículo 77 bis 13 se especifica que, en el caso de las entidades federativas, estas «efectuarán aportaciones con recursos propios sobre la base del número de derechohabientes atendidos, así como de los servicios prestados y medicamentos dispensados a los mismos».

En otro apartado, el dictamen puntualiza que la Secretaría de Salud canalizará anualmente el 11 por ciento de la asignación presupuestaria para la prestación de los servicios gratuitos.

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